Panamá reconoce los derechos de la Naturaleza mediante la Ley 287 de 2022

Foto: La Estrella de Panamá. La iniciativa del diputado Juan Diego Vásquez, busca promover la participación y responsabilidad ciudadana y la empresarial en asuntos ambientales

Fuente: La Estrella de Panamá

Mediante la Ley 287 de febrero de 2022, Panamá reconoce a la Naturaleza como un sujeto de derechos, así como las obligaciones que tienen el Estado y todas las personas, naturales o jurídicas, para garantizar el respeto y protección de estos derechos. Lo anterior está plasmado en el artículo 1 de la normativa, publicada este jueves en la Gaceta Oficial 29484-A.

La nueva ley propuesta por el diputando independiente Juan Diego Vásquez, como proyecto de ley 471, establece en su artículo 6, que la Naturaleza gozará de la protección y respeto por parte del Estado, y los habitantes deben asistir a las autoridades competentes cuando tengan conocimiento de posibles acciones o hechos que puedan generar riesgo o daño ambiental, a fin de asegurar su permanencia, restauración, mantenimiento, regeneración de sus ciclos vitales, así como la conservación de sus estructuras y funciones ecológicas. 

El estado panameño también reconoce entre los derechos mínimos de la Naturaleza:

  1. Derecho a existir, persistir y regenerar sus ciclos vitales.
  2. Derecho a la diversidad de la vida de los seres vivos, elementos y ecosistemas.
  3. Derecho a la preservación de la funcionalidad de los ciclos del agua.
  4. Derecho a la preservación de la calidad y composición del aire.
  5. Derecho a la restauración oportuna y efectiva de los ecosistemas de vida.
  6. Derecho a existir libre de contaminación de cualquiera de sus componentes, así como de residuos tóxicos y radioactivos generados por la actividad humana.

En su artículo 14, la Ley 287, indica que la Naturaleza tiene derecho a ser restaurada luego de ser afectada directa o indirectamente por cualquier actividad humana. Este derecho debe ser garantizado por el Estado, independientemente de que con posterioridad este pueda repetir contra la persona natural o jurídica causante del daño.

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