‘Para los políticos, las áreas protegidas son la caja menuda’
Fuente: La Prensa
El anteproyecto de ley 58, que declara reserva hidrológica El Montuoso, en Herrera, y subroga la Ley 12 de marzo 1977, trae a la palestra el debate sobre la titulación de áreas protegidas.
La propuesta de ley fue prohijada ayer en la Asamblea Nacional, lo que generó malestar entre organizaciones como el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM) y la Alianza para la Conservación y el Desarrollo, pues consideran que sentaría un mal precedente, ya que abriría un compás para titular áreas protegidas del país.
La Ley 41 de julio 1998 (Ley de Ambiente) establece que las áreas protegidas, al ser bienes de dominio público, no pueden ser tituladas, al menos que la persona resida en el lugar previo a la creación de la reserva ecológica. Incluso, si la persona contara con dicho título, estaría condicionada al uso o manejo establecido para determinado sitio por el Ministerio de Ambiente.
No obstante, el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) y expresidente de la Asamblea Marcos Castillero presentó durante el pasado mes de julio el anteproyecto de ley 58, a través del cual la reserva forestal El Montuoso pasaría a convertirse en reserva hidrológica.
Si bien a simple vista parece que se busca garantizar la protección del área, los ambientalistas señalan que en una reserva forestal se cuidan principalmente los bosques, junto a las reservas hídricas que lo componen, mientras que en la reserva hidrológica se le brinda prioridad a los recursos hídricos, llámense ríos o quebradas, y sólo a los bosques que están a su alrededor, llamados bosques de galería. Es decir, los demás bosques quedarían desprotegidos.
El malestar
El biólogo del CIAM, Isaías Ramos –quien estuvo presente ayer en la Asamblea Nacional– manifestó que reiteran su objeción al proyecto presentado, ya que las áreas protegidas son bienes de dominio público y no son susceptibles de apropiación privada.
En palabras del ecologista, la propuesta prohijada sólo abre la oportunidad a que aumente la deforestación en la zona, sin presentar mecanismos para la protección de las reservas de agua, la recuperación de la zona naciente de ríos o mecanismos que permitan controlar los procesos de alteración del recurso hídrico.
“Es un mal precedente que, estando el Ministerio de Ambiente en la Comisión de Población, Ambiente y Desarrollo, no haya presentado objeción ni cuestionamiento alguno, a pesar de que son los responsables del manejo de las áreas protegidas”, destacó.
Susana Serracín, de la Alianza para la Conservación y el Desarrollo, calificó lo ocurrido ayer como un “hecho lamentable”, pero que no le sorprende de la Asamblea Nacional, ya que es un órgano tan cuestionada por sus actuaciones en detrimento de los mejores intereses del país. “Esto, sin lugar a dudas, representa una violación al principio de no regresión en materia ambiental y al respeto por la integridad de las áreas protegidas”, aportó.
A juicio de la también abogada, duele reconocerlo, pero para los políticos de turno las áreas protegidas son consideradas como la “caja menuda” para satisfacer intereses totalmente alejados para los que fueron creadas.
“Nos corresponderá en su momento demandar esta ley por violar los principios elementales de conservación ambiental”, concluyó.
El contenido
Como parte de su contenido, la iniciativa indica que la Dirección Nacional de Áreas Protegidas del Ministerio de Ambiente realizará el saneamiento y la delimitación del área protegida, así como el correspondiente deslinde de tierras donde se encuentren residiendo personas con derecho de tenencia, y que declarará “zona de regularización” ciertas áreas de la reserva hidrológica.
El estudio tenencial de las tierras sería responsabilidad del Ministerio de Ambiente, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras y otras entidades; mientras que los derechos posesorios y de propiedad sobre las tierras dentro de dicha área ecológica se otorgarían en la zona delimitada en el estudio y sólo para aquellas personas que residan en el sector objeto de titulación.
Durante el prohijamiento del anteproyecto de ley, su proponente, Marcos Castillero, indicó que con el documento se busca garantizar “seguridad jurídica” a personas y campesinos que no cuentan con título de propiedad y que les permita tener acceso a créditos bancarios u otros beneficios.
“La modificación de categoría que proponemos hace necesario el consecuente saneamiento de la administración de la reserva, para así garantizar la protección de las cuenca y subcuenca hídricas”, manifestó el expresidente de la Asamblea, quien recordó que el área protegida tiene grandes posibilidades para el desarrollo ecoturístico y otras actividades.
La reserva forestal El Montuoso tiene una extensión de más de 12 mil hectáreas y fue creada mediante la Ley 12 de marzo de 1977. Es considerada por organizaciones ambientales como uno de los últimos refugios de biodiversidad en esa zona golpeada por la deforestación.